Una oportunidad “perdida” para la mediación

Borregos

La mediación permite resolver conflictos de forma extrajudicial. Los propios afectados, con la ayuda de un mediador o mediadora profesional, pueden hallar una solución satisfactoria para todos.

 Es un método probado y efectivo. Se caracteriza, además, por ser voluntario lo que lo hace más adecuado para encontrar una solución: los implicados hablan, negocian, llegan a los acuerdos que quieran sin que nadie (ni un juez, ni un árbitro) les imponga nada. Tampoco el mediador que solo facilitará que se llegue a dicho acuerdo si lo desean.

Esta característica (la mediación es voluntaria), ha supuesto, quizás y en una mentalidad como la nuestra, un obstáculo: ya que nadie me lo impone, ¿para qué? Ni si quiera lo intento. Y si tengo que reclamar algo, que se el juez quien me lo dé. Y además reconozca que tengo razón.

A los abogados esta forma de pensar nos viene muy bien porque en gran parte vivimos de los líos ajenos. Y cuanto más líos y más gordos, mejor.

Y es una pena, porque la mediación funciona. Ya hubo un intento de impulsar la mediación con un anteproyecto de ley que resultó fallido. En él se exigía que, al menos, se intentara la mediación en ciertos procedimientos judiciales civiles y mercantiles antes de acudir al juez. Pero el proyecto no prosperó y nada cambió.

Ahora se va a intentar algo parecido. Pero solo parecido.

Con la excusa de que los tribunales están muy atascados, y más ahora con el covid, una de las medidas que se pretende adoptar es la de los Métodos Adecuados de Solución de Conflictos (MASC, o para los viejos del lugar, los ADR por las siglas de “Alternative Dispute Resolution”). Según esta nueva idea se quiere hacer obligatorio (requisito de procedibilidad) intentar alguno de esos métodos antes de presentar una demanda en el juzgado. Usar “cualquier tipo de actividad negocial” (“cualquiera”, subrayo), entre los que la norma enumera algunos: mediación, conciliación privada, oferta vinculante confidencial, opinión de experto independiente, y cualquier otro no tipificado, incluida la negociación de las partes o sus abogados.

De esta forma, confía la norma, si se soluciona el conflicto de forma alternativa, los implicados se ahorrarían todo el procedimiento judicial y se reducirán los procesos y la carga de los tribunales. Por eso muchos, particularmente los mediadores, lanzan las campanas al vuelo. No es mi caso. Como abogado, negociador y mediador, creo que tal y como está redactado se hace un flaco favor a la mediación. No sé si será la puntilla que le faltaba para relegarla al cajón del olvido donde muchos quieren verla, pero sin duda va a contribuir a ello.

En el Proyecto se equiparan todos estos métodos. Cualquiera de ellos va a ser válido para cumplir el requisito de procedibilidad: si las partes han negociado o si lo han hecho sus abogados será suficiente. Es decir, más o menos como ahora solo que habrá que poder justificarlo al presentar la demanda (“actividad negocial recogida documentalmente”). Pero no, no hace obligatoria la mediación como algún exministro de justicia se ha apresurado a escribir.

Y lo curioso es que no recuerdo ni un solo asunto (más de 25 años como abogado) en el que antes de iniciar un pleito no haya habido al menos un intento, aunque fuera una simple carta, en la que se abría la posibilidad de llegar a un acuerdo. Discusiones, conversaciones, negociaciones entre abogados las ha habido siempre y para eso no era necesario una norma de eficiencia procesal.

Que además la norma prevé la posibilidad de mediar, estupendo. Como de hecho existe ahora y pocos la usan. Solo que ahora, la mediación va a quedar diluida entre un conjunto de otros métodos igualmente válidos. Se consigue así que quede al mismo nivel que el resto, aunque quizás como el menos recomendable dado que, es menos conocida que la negociación y porque, de todos los métodos previstos, es la única que tiene una ley específica a la que habría que remitirse y respetar. Será la más formal (mediador, sesiones, actas) y, por lo tanto, la menos apetecible.

Con todo esto, me gustaría escuchar otros argumentos. Mientras tanto ¿en serio alguien piensa que, al haber diferentes métodos, las partes que quieren pelearse en los tribunales van a elegir una mediación que no ha funcionado? ¿De verdad alguien piensa que tal y como está redactado el borrador va a servir para aliviar a los tribunales? ¿De verdad alguien va a intentar mediar si con “negociar” (como se ha hecho durante siglos) cumplirá el requisito?

En mi opinión, o se concreta mucho más y se vuelve a la idea de la obligatoriedad mitigada del anterior anteproyecto, o habremos simplemente añadido un requisito formal más (¡otro!) que lógicamente retrasará y encarecerá todo el procedimiento.

Ignacio Alonso

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